Que debes hacer si cuentas con personal en condiciones de vulnerabilidad?

La guía de actuación para la prevención y control de covid-19, durante La jornada presencial de trabajo emitido por el Ministerio del Trabajo en Ecuador establece que los responsables de prevención de riesgos laborales y salud en el trabajo deben evaluar los factores de riesgo individual de los trabajadores y/o servidores que pertenecen a los grupos de atención prioritaria y en condiciones de vulnerabilidad con documentación que respalde su condición: personas mayores a 60 años, mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas, raras, huérfanas o de alta complejidad, personas con trastornos inmunitarios; y aquellas personas consideradas como personal sustituto o a cargo de personas con discapacidad, enfermedades crónicas, enfermedades catastróficas o al cuidado de niños en etapa escolar.

El teletrabajo debe ser prioritario para las personas que pertenecen a los grupos antes mencionados.

Los trabajadores y/o servidores considerados en los grupos de atención prioritaria y en condiciones de vulnerabilidad, podrán acudir a trabajar de forma presencial en caso de que su actividad no se la pueda ejecutar mediante teletrabajo, solamente posterior a la evaluación del responsable de salud en el trabajo y bajo criterio médico, quién emitirá el dictamen de que pueden asistir a laborar de forma presencial, caso contrario recomendará continuar en teletrabajo.

Así mismo, los trabajadores y/o servidores que pertenecen a los grupos de atención prioritaria y en condiciones de vulnerabilidad, cuya condición no represente probabilidad de contagio de la COVID-19, de acuerdo con una evaluación previa del responsable de salud en el trabajo, podrán contar con autorización para realizar jornada presencial de trabajo.



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