LEY ORGÁNICA DE TRANSPARENCIA SOCIAL

Tercer Suplemento del Registro Oficial No.112 , 28 de Agosto 2025

La ley busca mejorar la transparencia, rendición de cuentas y control sobre las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro (OSSFL). También responde a recomendaciones internacionales, como las del GAFILAT, para fortalecer la prevención del lavado de activos, corrupción y financiamiento ilegal

Adicional se establecen cambios en impuestos para las utilidades acumuladas y pago de dividendos

Impuesto a la renta único dividendos

Esta ley trae cambios en lo referente a distribución de dividendos ya no son parte de la renta global sino que se paga un impuesto a la renta único. Se debe aclarar que  si un accionista recibió dividendos en el mes de enero a agosto del 2025, el dividendo si forma parte de la renta global, debido a que la ley aplica a partir del 1 de septiembre del 2025. Los dividendos pagados partir de septiembre del 2025 cancelan un impuesto único del:

  • Persona natural residente en el exterior 10%
  • Persona natural residente fiscal Ecuador 12%
  • Sociedad residente en paraíso fiscal 10%
  • Sociedad ecuatoriana o establecimiento permanente de una Sociedad extranjera 0%

Deben retener todas las Sociedades que distribuyan dividendos independientemente si son designados como agentes de retención.  

Utilidades acumuladas

Adicional se grava un impuesto a las utilidades acumuladas que mantienen las sociedades. Las sociedades que hasta el 31 de julio del ejercicio fiscal corriente no distribuyan utilidades de ejercicios anteriores pagarán un impuesto de acuerdo a la siguiente tabla:

De acuerdo con el tramo por ejemplo si tengo utilidades acumuladas de US1.500.000 debo aplicar el 1.25% = 1.500.000 x 1.25% = 18.750

Este valor puede ser compensado con las obligaciones del impuesto a la renta  que mantenga la sociedad en el ejercicio fiscal o hasta dos años posteriores.  El saldo no compensado podrá ser devuelto. También puede ser compensado con las retenciones de dividendos realizados a los accionistas.

Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro

La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) se convierte en la entidad encargada de supervisar, auditar e intervenir a las OSSFL.

La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria clasificará a las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro, que operan en el territorio nacional, según su nivel de riesgo, siendo este, bajo, medio o alto.



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