CONTRIBUCIÓN TEMPORAL DE SEGURIDAD (CTS) PARA ATENCIÓN AL CONFLICTO ARMADO ECUATORIANO VENCE 31 DE MARZO

Suplemento del Registro Oficial No. 516 , 12 de Marzo 2024

Cuando se debe pagar? Se debe cancelar hasta el 31 de marzo del 2024 y 2025

Cual es la tarifa para las sociedades residentes en Ecuador ? La tarifa es el 3,25% de las utilidades gravables del año 2022

Quienes están excluidas? Micro, pequeñas empresas. Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito.

Puedo deducir este gasto como deducible para Impuesto a la renta? Esta contribución no será deducible para Impuesto a la renta

Puedo pedir facilidades de pago? No, esta contribución no tendrá facilidades de pago y se cobrará una multa del 3% por cada mes o fracción de mes de retraso

Por ejemplo si la utilidad gravable *casillero 836 en el ejercicio económico fue de US20.000 la contribución que debe cancelar es el 3.25% de este valor esto es US650 el 31 de marzo del 2024 y US650 el 31 de marzo del 2025.

Se recomienda cumplir las Normas Internacionales de Información Financiera realizando el cálculo del valor presente y registrando los intereses implícitos que genere.

CONTRIBUCIÓN TEMPORAL SOBRE UTILIDADES DE LOS BANCOS Y COOPERATIVAS DE
AHORRO Y CRÉDITO

Cual es la tarifa?

La base imponible será la utilidad gravada con el Impuesto a la
Renta del ejercicio fiscal 2023 de acuerdo con la siguiente tabla:

GrupoUtilidad GravadaTarifa
Grupo 1Inferiores a USD 5?000.000.005%
Grupo 2Superiores a USD 5’000.000.00 hasta 10’000.000.0010%
Grupo 3Superiores a USD 10?000.000.00 hasta USD 50?000.000.00.15%
Grupo 4Superiores a USD 50?000.000.00 hasta USD 100?000.000.00.20%
Grupo 5Superiores a USD 100?000.000.0025%
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